
El Abogado General del TJUE, Maciej Szpunar, hizo públicas ayer sus conclusiones acerca de la cuestión prejudicial C-125/18.
Maciej considera que el IRPH es un índice cuya fórmula para calcularlo es muy completa, y difícil de entender para el consumidor medio.
Además, señala que podría ser comercializado a los clientes de manera poco transparente, no siendo claros a la hora de explicar su funcionamiento. Haciendo además constar que tiene un carácter potencialmente abusivo
A grandes rasgos, sugiere que la cláusula del IRPH debe someterse a control judicial por aplicación directa de la Directiva 93/137 CEE sobre condiciones generales de la contratación aplicadas a consumidores.
Desde STOP IRPH, como Plataforma Nacional de Afectados por el IRPH, estábamos convencidos de que el Abogado General se posicionaría a favor de los millones de afectados, como ya hizo la Comisión Europea en su informe.
¡HA LLEGADO EL MOMENTO DE RECLAMAR TODO LO QUE ES TUYO!


